Servicio de Ayuda a Domicilio en la ley de la dependencia

 

 
 ¿Qué es? 
La Junta de Andalucía (s.F) define el servicio de ayuda a domicilio como «el conjunto de actuaciones preventivas, formativas, y rehabilitadoras llevadas a cabo por profesionales cualificados en el propio domicilio, con el objetivo de atender en las actividades básicas de la vida diaria que necesite la persona en situación de dependencia.» 
 
 
¿Qué me ofrece? 
 
  • Atención a las necesidades domésticas o del hogar: alimentación, vestido, mantenimiento de la vivienda. 
  • Actuaciones de carácter personal: higiente, ingesta de alimentos, movilidad, cuidados especiales, ayuda en la vida familiar y social. Para más información haz click aquí.

 

Si has llegado hasta aquí leyendo…solo me queda agradecerte y esperar que pueda servirte de ayuda y orientación, ¡Muchas gracias, hasta la próxima!

María Belén Sampedro Lirio

Maria Belén Sampedro Lirio, trabajadora social graduada por la Universidad de Jaén con especialización en Dependencia e Igualdad en la Autonomía personal y Formación Ocupacional.

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