La asistencia personal engloba a una figura profesional cuyo fin es conseguir la plena autonomía de las personas demandantes. Un/a asistentx personal no es un cuidadxr, ayudar a ejecutar una acción que por motivo de una situación dada la propia persona no puede realizarla.
De este modo la ley 39/2006 la define como «aquel servicio prestado por un asistente personal que realiza o colabora en tareas de la vida cotidiana de una persona en situación de dependencia, de cara a fomentar su vida independiente, promoviendo y potenciando su autonomía personal»
En el artículo 19 de esta ley establece que el objetivo es proporcionar mayor autonomía en tres ámbitos, educación, trabajo y actividades de la vida diaria a través de la contratación de determinadas horas de la asistencia personal.
¿POR QUÉ ES TAN IMPORTANTE? La importancia proviene de que la persona encargada de realizar la asistencia personal NO DECIDE, sino que se adecua y obedece a las necesidades, intereses y preferencias de la persona demandante, por lo que GENERA LIBERTAD y RESPETA LA VOLUNTAD.
La consecución de los derechos y libertades de las personas con discapacidad acceden a un apoyo personalizado gracias a la asistencia personal, pueden desarrollar sus actividades de la vida diaria por lo que proporciona accesibilidad en todas las dimensiones.
¿QUÉ SE CONSIGUE? Como hemos dicho anteriormente se consigue libertad y que la propia persona pueda controlar su vida atendiendo y RESPETANDO la esfera privada de la persona contratante, así como su intimidad y privacidad.
¿QUÉ PROBLEMAS ENCONTRAMOS? A través de esta ley SE PROPORCIONA UNA CUANTÍA ECONÓMICA para ADQUIRIR el servicio pero no lo establece como una FIGURA PROFESIONAL REGULADA.
A nivel profesional opino que se necesita de la creación de un convenio regulador que indique el salario mínimo y se lleven a cabo las cuotas del seguro social
Estamos ante una figura que está al margen de la ley por lo que no cubre una serie de protecciones y especificidades, entonces ¿Qué maneras existen para contratar a un/a asisntentx personal?
1. A través de la contratación de empresas que seleccionan al asistente personal.
Obstáculo: no es la persona solicitante la que ELIGE por lo que ya se está VULNERANDO su autodeterminación al no escogerlo por sí mismx.
2. A través del régimen de autónomos.
Obstáculo: muy pocas personas conocen la figura de la asistencia personal por lo que no se dan de alta.
Hagamos difusión para que los poderes públicos se preocupen en establecer la asistencia personal dentro de un marco profesional regulado, ya que, además de contribuir a la Vida Independiente de las personas con Discapacidad, generaría un retorno social y económico como consecuencia de la creación de nuevos puestos de empleo.
Si has llegado hasta aquí leyendo…solo me queda agradecerte y esperar que pueda servirte de ayuda y orientación,
Muchas gracias, hasta la próxima.